PROTECCIÓN INTERNACIONAL PARA CIUDADANOS UCRANIANOS

Como consecuencia de la guerra en Ucrania, muchas familiar están huyendo en busca de seguridad y protección.

Por este motivo, la Unión Europea y los Estados miembro están adoptando medidas de carácter urgente para ayudar y dar protección al pueblo ucraniano.

En este sentido, la Subdirección General de Gestión y Coordinación de Flujos Migratorios, en reunión celebrada el 1 de marzo, ha acordado aplicar el Real Decreto 1325/2003, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento sobre Régimen de Protección Temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas, que recoge la Directiva 2001/55/CE del Consejo, de 20 de julio de 2001.

Asimismo, la Comisión Europea, el 2 de marzo ha emitido un comunicado de prensa en el que ha propuesto activar la citada Directiva 2001/55/CE del Consejo, de 20 de julio de 2001.

¿Qué es la protección temporal?

Es una medida excepcional para prestar protección inmediata y temporal a las personas desplazadas de fuera de la Unión Europea.

La Directiva europea, ¿qué respuestas da a la actual situación en Ucrania?

– Simplificación de los controles fronterizos: con el fin de reducir el tiempo de espera en la frontera para que las personas que huyen de Ucrania puedan refugiarse y estar a salvo, sin demora.

– Permitir el cruce a través de pasos fronterizos temporales: con la creación de pasos fronterizos temporales se reducirían los retrasos en la frontera.

– Flexibilidad en las condiciones de entrada: por razones humanitarias, los guardias de fronteras pueden autorizar la entrada de nacionales de terceros países en el territorio de un Estado miembro aunque no cumplan todas las condiciones de entrada, como puede ser no disponer de pasaporte o visado válido.

– Agilidad y reducción de la presión sobre los sistemas nacionales de asilo: mediante la creación de un estatuto de protección con menos trámites, a diferencia del asilo. De este modo se permitirá a los Estados miembros gestionar las llegadas de forma ordenada y eficaz.

¿Quién puede solicitar protección temporal?

Ciudadanos ucranianos o residentes legales en Ucrania que no puedan regresar a su país de origen.

¿Dónde se puede solicitar en España?

  • En fronteras españolas: comunicando a la Policía Nacional o Guardia Civil la voluntad de solicitar protección internacional.
  • En España: Acudiendo a la Comisaría de Policía Nacional u Oficina de Extranjería.

¿Qué ocurre si un ciudadano ucraniano ya residía en España antes?

El Presidente del Gobierno ha manifestado que, igualmente, se les concederá permiso de residencia y trabajo a todas las personas de nacionalidad ucraniana que, con anterioridad al inicio de la guerra, ya estuviesen en España, en el marco de la Directiva de protección temporal.

¿Qué derechos tienen con la concesión de protección temporal?

1) Permiso de residencia y trabajo por cuenta propia y ajena de un año de duración, prorrogable por otros tres años.

2) Acceso a la educación.

3) Asistencia social.

4) Acceso a la vivienda.

5) Atención médica.

Además, hoy, 10 de marzo, se ha publicado en el BOE la Orden PCM/169/2022, de 9 de marzo, de desarrollo del Procedimiento para el reconocimiento de Protección temporal a las personas desplazadas por el conflicto en Ucrania.

La Orden establece un plazo de 24h para resolver las solicitudes.

Adjuntamos el enlace de la Orden Ministerial:

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-3715

Publicado por Raquel Gómez Lizondo Abogada

Especialista en Derecho de extranjería y Derecho Administrativo. Despacho multidisciplinar, trabajando en los Órdenes Civil, Penal y Administrativo.

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